Diferencia entre revisiones de «Teoría del delito»

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Deshecha la edición 136632403 de Ix kimiaranda (disc.) hay un título
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==== Culpa ====
Según Cabanella de Torres, en su DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, se entiende por culpa: Cualquier falta, voluntaria o no, de una persona que ha producido un daño o mal; en cuyo caso, la culpa equivale a causa.
 
'''La psicología''' dice que la culpabilidad como relación psicológica del autor con el hecho y la posición psicológica frente a él. La relación dada puede ser indirecta y radicar en un prever que no es otra cosa que un caso de culpa pero está vinculado a la acción.