Carta Europea de las Lenguas Minoritarias o Regionales

acuerdo europeo

La Carta Europea de las Lenguas Minoritarias o Regionales es un acuerdo ratificado en Estrasburgo el 5 de noviembre de 1992 por los Estados miembros del Consejo de Europa para la defensa y promoción de todas las lenguas de Europa que carecen de carácter de oficialidad, que incluso siendo oficiales en alguno de los firmantes no lo son en otros o que, aun siendo oficiales en el firmante, están en manifiesta debilidad. Se excluyen expresamente los dialectos de las lenguas oficiales y los idiomas de los inmigrantes. Esta obliga a los mismos a cumplirla, según sus compromisos.

Mapa del estatus de la Carta Europea de las Lenguas Minoritarias, a Enero de 2010
En verde oscuro: países que la han firmado y ratificado, en verde claro: solo firmado, en blanco: ni firmado ni ratificado, en gris: países que no forman parte del Consejo de Europa

El Consejo de Europa tiene como finalidad la salvaguardia de los derechos humanos y la democracia pluralista, mediante la preeminencia del derecho. Está constituido por más Estados que los pertenecientes a la Unión Europea.

Se calcula que alrededor de 40 millones de ciudadanos de la Unión utilizan regularmente una lengua regional o minoritaria histórica.[1]​ Según informes de la Unesco, hay más de 30 lenguas europeas amenazadas;[2]​ por ello, aunque se utiliza el término de lengua minoritaria, suele ser un eufemismo de lengua minorizada, que no son sinónimos.[3]​ Los Estados escogen las lenguas con que se comprometen y el grado que aplicar con un mínimo de treinta y cinco párrafos o apartados.

Considerando que la Constitución de Bélgica las establece de forma indirecta al describir tres regiones lingüísticas, hay dieciséis Estados europeos en que en sus respectivas constituciones no hacen referencia a su lengua. Estos son Alemania, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Grecia, Hungría, Italia, Luxemburgo, Islandia, Noruega, la Ciudad del Vaticano, San Marino, la República Checa, los Países Bajos y el Reino Unido. Aunque alguno de ellos sí incluyen disposiciones de relevancia respecto de las lenguas, como en Luxemburgo y respecto del País de Gales en el Reino Unido. En la mayoría resulta oficial de facto en todo el territorio un idioma: el alemán en Alemania; el danés en Dinamarca; el griego en Grecia; el húngaro en Hungría; el italiano en Italia, la Ciudad del Vaticano y San Marino; el islandés en Islandia; el checo en la República Checa; el neerlandés en los Países Bajos; el inglés en el Reino Unido; y el sueco en Suecia.[4]

Características de la normativa

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Preámbulo

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Establece que la protección de las lenguas regionales o minoritarias históricas de Europa, que en algún caso corren el riesgo de desaparecer, contribuye al mantenimiento y al desarrollo de las tradiciones y la riqueza culturales del continente. Además, la posibilidad de utilizar estas lenguas tanto en la vida privada como en la pública constituye un derecho imprescriptible.

También subraya que la protección y el fomento de estos idiomas dentro del valor intercultural y del plurilingüismo no deberían hacerse en detrimento de las lenguas oficiales ni de la necesidad de aprenderlas.

Definición

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Se establece que las lenguas a que se hace referencia son las empleadas tradicionalmente en un territorio de un Estado por un número inferior al resto de la población de ese Estado. Son diferente a las lenguas oficiales del Estado, no incluyendo a los dialectos de estas ni a las lenguas de los inmigrantes.

El «territorio en que se habla una lengua regional o minoritaria» es el área geográfica donde dicha lengua es el modo de expresión de un número de personas que justifica la adopción de las diferentes medidas de protección y fomento previstas en la Carta.

En cambio, las «lenguas sin territorio» son las empleadas en todo el territorio del Estado por parte de porcentajes minoritarios de personas; por tanto, son aquellas no se pueden circunscribir a un área geográfica concreta del Estado en cuestión.

Objetivos y principios

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Los objetivos y principios de la Carta están descritos en el artículo 7. Todo Estado puede formular una o varias reservas a los párrafos 2 a 5 de este artículo 7, no admitiéndose ninguna otra reserva (artículo 21).

1. En los territorios donde se hablen dichas lenguas, y según la situación de cada una de ellas, las Partes basarán su política, su legislación y su práctica en:

a) el reconocimiento de las lenguas regionales o minoritarias como expresión de la riqueza cultural;

b) el respeto del área geográfica de cada lengua regional o minoritaria, actuando de tal suerte que las divisiones administrativas ya existentes o nuevas no sean un obstáculo para el fomento de dicha lengua regional o minoritaria;

c) la necesidad de una acción resuelta de fomento de las lenguas regionales o minoritarias, con el fin de salvaguardarlas;

d) la facilitación y/o el fomento del empleo oral y escrito de las lenguas regionales o minoritarias en la vida pública y en la vida privada;

e) el mantenimiento y el desarrollo de relaciones, en los ámbitos que abarca la presente Carta, entre los grupos que empleen una lengua regional o minoritaria y otros grupos del mismo Estado que hablen una lengua utilizada de manera idéntica o parecida, así como el establecimiento de relaciones culturales con otros grupos del Estado que utilicen lenguas diferentes;

f) la provisión de formas y medios adecuados para la enseñanza y el estudio de las lenguas regionales o minoritarias en todos los niveles apropiados;

g) la provisión de medios que permitan aprender una lengua regional o minoritaria a los no hablantes que residan en el área en que se emplea dicha lengua, si así lo desean;

h) la promoción de estudios e investigación sobre las lenguas regionales o minoritarias en las universidades o centros equivalentes;

i) la promoción de formas apropiadas de intercambios transnacionales, en los ámbitos cubiertos por la presente Carta, para las lenguas regionales o minoritarias utilizadas de manera idéntica o semejante en dos o más Estados.

2. Las Partes se comprometen a eliminar «toda distinción, exclusión, restricción o preferencia injustificadas» con respecto a la utilización de una lengua regional o minoritaria cuyo objetivo sea desalentar o poner en peligro su mantenimiento o desarrollo. Asimismo:

La adopción de medidas especiales en favor de las lenguas regionales o minoritarias, destinadas a promover una igualdad entre los hablantes de dichas lenguas y el resto de la población y orientadas a tener en cuenta sus situaciones peculiares, no se considerará un acto de discriminación con los hablantes de las lenguas más extendidas.

3. Las Partes se comprometen a fomentar la comprensión mutua entre todos los grupos lingüísticos del país, buscando «el respeto, la comprensión y la tolerancia hacia las lenguas regionales o minoritarias».

4. Las Partes deben tener en consideración las necesidades y los deseos expresados por los grupos que empleen dichas lenguas. De ser necesario, «se las invitará a crear […] órganos encargados de asesorar a las autoridades» acerca de todas las cuestiones que se refieran a estas lenguas.

5. Lo mismo se comprometen a aplicar —«mutatis mutandis»— a las lenguas sin territorio. No obstante, las medidas «se determinarán de manera flexible», según «las necesidades y los deseos, y respetando las tradiciones y características de los grupos que hablan las lenguas de que se trate».

Desglose de los artículos

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En los distintos artículos se describen los ámbitos de actuación de las Partes:

  • Enseñanza (artículo 8).
  • Justicia (artículo 9).
  • Autoridades administrativas y servicios públicos (artículo 10).
  • Medios de comunicación (artículo 11).
  • Actividades y servicios culturales (artículo 12).
  • Vida económica y social (artículo 13).
  • Intercambios transfronterizos (artículo 14).

Aplicación de esta Carta

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El hemiciclo de la Paz, interior de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa

En el apartado IV se detalla que las Partes entregarán informes al secretario general del Consejo de Europa sobre la política seguida al respecto, lo que se hará de forma trienal y que se harán públicos. Estos serán examinados por un comité de expertos —formado por un miembro de cada Parte y designado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa entre una lista de personas de la mayor integridad y de reconocida competencia, nombrados para seis años— que preparará un informe para el Comité de Ministros. Dicho informe irá acompañado de las observaciones que se haya invitado a hacer a las Partes, y el Comité de Ministros lo podrá hacer público.

El secretario general del Consejo de Europa hará un informe bienal detallado a la Asamblea Parlamentaria acerca de la aplicación de la Carta.

Estados firmantes

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Se describen las lenguas con que se comprometen, pero cada una en distintos grados que no se describen. En el cuadro de la derecha se recogen las lenguas autóctonas que no constan como protegidas. Aunque esta Carta busca la protección de las lenguas europeas, la jurisdicción de los Estados europeos se aplica a otros idiomas minorizados en otros continentes.

Estados firmantes de la Carta Europea de las Lenguas Minoritarias o Regionales
Estado Fecha de la firma Fecha de ratificación Fecha de la entrada en vigor Idioma oficial Lenguas Minoritarias Lenguas Regionales
Lenguas objeto

de protección

Lenguas autóctonas

no protegidas

Lenguas objeto de protección Lenguas autóctonas

no protegidas

  Albania - - - Albanés - Macedonio

Griego

Romaní

- -
  Alemania 5-11-1992 16-9-1998 1-1-1999 Alemán Danés[5]

Alto sorabo[6]

Bajo sorabo[7]

Frisón[8]

Bajo alemán[9]

Romaní

Luxemburgués - -
  Andorra - - - Catalán - - - -
  Armenia 11-5-2001 25-1-2002 1-5-2002 Armenio Asirio

Griego

Yezidi

- Ruso

Kurdo

-
  Austria 5-11-1992 28-6-2001 1-10-2001 Alemán Croata[10]

Esloveno[11]

Húngaro[12]

Checo[13]

Eslovaco[13]

Romaní[10]

- - -
  Azerbaiyán - - - Azerí - - - -
  Bélgica - - - Neerlandés

Francés

Alemán

- Luxemburgués - -
  Bosnia y Herzegovina 7-9-2005 - - Bosnio

Serbio

Croata

- Macedonio

Romaní

- -
  Bulgaria - - - Búlgaro - Romaní - Turco
  Croacia 5-11-1997 5-11-1997 1-3-1998 Croata Serbio

Húngaro

Checo

Eslovaco

Romaní

Esloveno

Italiano

Ruteno

Ucraniano

Rumano[14]
  Chequia| 9-11-2000 15-11-2006 1-3-2007 Checo Eslovaco Romaní Polaco[15] -
  Chipre 12-11-1992 26-8-2002 1-12-2002 Griego

Turco

Armenio - - -
  Dinamarca 5-11-1992 8-9-2000 1-1-2001 Danés Feroés

Groenlandés

- Alemán[16] -
  Eslovaquia 20-2-2001 5-9-2001 1-1-2002 Eslovaco Búlgaro

Croata

Checo

Húngaro

Romaní

- Alemán

Polaco

Ruteno

Ucraniano

-
  Eslovenia 3-7-1997 4-10-2000 1-1-2001 Esloveno Romaní

Húngaro

- Italiano -
  España 5-11-1992 9-4-2001 1-8-2001 Castellano Catalán

Valenciano

Euskera

Gallego

Aranés

Asturiano y Leonés

Aragonés

Romaní - Rifeño o tarifit[17]

árabe marroquí[18]

Portugués de Olivenza[19]

  Estonia - - - Estonio - Romaní - Ruso
  Finlandia 5-11-1992 9-11-1994 1-3-1998 Finés

Sueco

Sami

Sueco

Romaní

Carelio[20] - -
  Francia 7-5-1999 - - Francés - Bretón

Catalán

Euskera

Francoprovenzal

Luxemburgués

Occitano

Romaní

- Alemán

Fuera del continente entre otras lenguas indígenas:

Warao[21]

Lenguas caribes[22]

Shimaore[23]

Tamil[24]

  Georgia - - - Georgiano - Arameo

Armenio

- Azeri
  Grecia - - - Griego - Romaní

Gagauzo

- Turco
  Hungría 5-11-1992 26-4-1995 1-3-1998 Húngaro Croata

Serbio

Eslovaco

Esloveno

Romaní Alemán

Rumano

-
  Irlanda - - - Irlandés

Inglés

- - - -
  Islandia 7-5-1999 - - Islandés - - - -
  Italia 27-6-2000 - - Italiano Protege otras lenguas minoritarias, como:

Sardo

Friulano

(Aunque no ha ratificado la Carta)[25]

No reconoce diferentes lenguas minoritarias, como:

Napolitano

Siciliano

Lombardo

Piemontés

Véneto

Emiliano-romañol

Romaní

- -
  Letonia - - - Letón - Livonio (Lengua muerta)

Romaní

- Ruso
  Liechtenstein 5-11-1992 18-11-1997 1-3-1998 Alemán Declara que no hay lenguas minoritarias. - - -
  Lituania - - - Lituano - Livonio (Lengua muerta)

Romaní

- Ruso

Polaco

  Luxemburgo 5-11-1992 22-6-2005 1/10/2005 Luxemburgués

Francés

Alemán

- - - -
  Macedonia del Norte 25-7-1996 - - Macedonio

Albanés

- Romaní - -
  Malta 5-11-1992 - - Maltés

Inglés

- - - -
  Moldavia - - - Rumano - Romaní - -
  Mónaco - - - Francés - Occitano - Italiano
  Montenegro 22-3-2005 15-2-2006 6-6-2006 Serbocroata Albanés

Romaní

- - -
  Noruega 5-11-1992 10-11-1993 1-3-1998 Noruego

Sami

Sami Romaní - -
  Países Bajos 5-11-1992 2-5-2996 1-3-1998 Neerlandés Frisón[26]

Bajo-sajón

Romaní

Yidis

- - -
  Polonia 12-5-2003 - - Polaco Cinco (reguladas a través de las comunas bilingües) Casubio

Romaní

- -
  Portugal - - - Portugués Aunque no ha ratificado la carta reconoce de forma oficial el:

Mirandés (Asturleonés)[27]

Romaní - -
  Reino Unido 2-3-2000 27-3-2001 1-7-2001 Inglés Córnico [28]

Galés[29]

Gaélico escocés[30]

Irlandés[31]

Escocés[32]

Romaní - Español[33]
  Rumanía 17-7-1995 29-1-2008 1-5-2008 Rumano Albanés

Armenio

Búlgaro

Checo

Croata

Griego

Yidis

Macedonio

Húngaro

Romaní

Ruso

Ruteno

Serbio

Eslovaco

Tártaro

- Alemán

Italiano

Polaco

Turco

Ucraniano

-
  Rusia 10-5-2001 - - Ruso - Arameo

Romaní

Bielorruso

Armenio

Sami

- Ucraniano

Alemán

Kazajo

  San Marino - - - Italiano - - - -
  Serbia 22-3-2005 15-2-2006 1-6-2006 Serbio Albanés

Bosnio

Búlgaro

Húngaro

Romaní

Ruteno

Eslovaco

Croata

- Rumano

Ucraniano

-
  Suecia 9-2-2000 9-2-2000 1-6-2000 Sueco Sami

Finés

Meänkieli


Sin territorio:

Romaní

Yidis

- - -
  Suiza 8-10-1993 23-17-1997 1-4-1998 Alemán

Francés

Italiano

Romanche

Romanche Francoprovenzal

Romaní

Yidis

Italiano En zonas donde son minoritarias:[14]

Francés

Alemán

  Turquía - - - Turco - Abjasio

Arameo

Armenio

Cabardino

Georgiano

Romaní

Tártaro

- Azerí

Kazajo

Kurdo

  Ucrania 2-5-1996 19-9-2005 1-1-2006 Ucraniano Bielorruso

Búlgaro

Gagauzo

GriegoYidis

Tártaro[34]

Moldavo

Eslovaco

Húngaro

Romaní Alemán

Polaco

Ruso

Rumano

-

[35][36][37]

Lista de lenguas minoritarias Europa

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En esta lista están todas las lenguas minoritarias que se encuentran dentro de alguno de los estados firmantes de la carta. Se considera que una lengua es minoritaria cuando tiene menos de 20.000.000 hablantes.

Categorías de las lenguas Posición Idioma Estimación de lengua materna Territorios donde se habla, si es oficial o equivaliendo, en cursiva
A 01 Portugués 14.500.000 Portugal
02 Húngaro 13.000.000 Hungría, Serbia (Vojvodina), Eslovaquia, Austria (Burgenland y Viena), Eslovenia (Prekmurje), Rumanía (Transilvania) y Ucrania.
03 Griego 12.000.000 Grecia, Rep. de Chipre, Italia (Grecia Salentina), Alaania (Gjirokastër, Vlorë, Përmet, Kolonjë y Korçë), Rumanía y Ucrania (Crimea).
04 Serbio 11.000.000 Serbia, Montenegro, Bosnia y Herzegovina, Macedonia del Norte, Kosovo
05 Búlgaro 10.000.000 Bulgaria, Eslovaquia, Rumanía, Serbia
06 Checo 10.000.000 República Checa, Eslovaquia, Rumanía, Austria (Viena)
B 07 Catalán 9.400.000 España (Cataluña, Comunidad Valenciana[38], Islas Baleares, Franja de Aragón y El Carche), Andorra, Francia (Pirineos Orientales) e Italia (Alguer)
08 Bielorruso 9.000.000 [39]Bielorrusia
09 Sueco 9.000.000 Suecia y Finlandia
10 Tártaro 8.000.000 Federación Rusa (Tartaristán), Rumanía, Ucrania (Crimea) y Turquía
11 Bajo Alemán 7.000.000 [40]​ Alemania (Bremen, Hamburgo, Mecklemburg-Pomerania Occidental, Baja Sajonia, Schleswig-Holstein Sajonia-Anhalt, Brandeburgo y Renania), Países Bajos (Frisia), Polonia, Eslovaquia y Dinamarca[40]
12 Croata 7.000.000 Croacia, Bosnia y Herzegovina, Austria (Burgenland) Alemania, Eslovaquia, Hungría, Rumanía y Serbia
13 Danés 5.500.000 Dinamarca, Alemania (Schleswig-Holstein[41])
14 Finés 5.500.000 Finlandia,[42]​ Suecia y Noruega.
15 Armenio 5.000.000 [43]Armenia,[44]​ Rusia, Francia, Georgia, Grecia, Polonia, Turquía y Ucrania
16 Eslovaco 5.000.000 Eslovaquia, República Checa, Hungrúa, Serbia y Ucrania
17 Noruego 5.000.000 Noruega
C 18 Albanés 4.300.000 [39]Albania, Kosovo, Macedonia del Norte, Serbia, Italia (Sur y Sicília), Montenegro y Grecia (Epir)
19 Romaní 4.300.000 Sin territorio: lengua del pueblo romaní, repartido por toda Europa
20 Georgiano 4.100.000 Georgia, Turquía, Rusia
21 Lituano 4.000.000 Lituania
22 Yidis 3.000.000 Sin territorio: en los Países Bajos, Rumanía, Suecia y Ucrania
23 Bosnio 2.500.000 Bosnia y Herzegovina, Serbia y Montenegro
24 Gallego 2.500.000 España (Galicia)
25 Letón 2.500.000 Letonia
26 Esloveno 2.200.000 Eslovenia, Austria (Caríntia, Estiria), Italia (Gorizia y Trieste) y Hungría
27 Macedonio 2.000.000 Macedonia del Norte, Albania, Bulgaria, Serbia y Rumanía
28 Occitano 1.900.000 Francia (Gascuña, Guiena, Llemosí, Alvernia, Delfinat, Provença y Llenguadoc), España (Valle de Aran[45]​), Italia (Valles Occitanos) y Mónaco
29 Sardo 1.600.000 [46]​ Italia (Cerdeña)
30 Escocés 1.500.000 Reino Unido (Escocia e Irlanda del Norte)
31 Estonio 1.100.000 Estonia
32 Arameas 1.000.000 [47]​ Armenia, Georgia, Rusia y Turquía
D 33 Cabardiano 900.000 Federación Rusa (Kabardino-Balkaria), Georgia y Turquía
34 Zan 700.000 Georgia y Turquía
35 Friulano 600.000 Italia (Friül - Venecia Júlia)
36 Galés 600.000 Gales e Inglaterra
37 Euskera 500.000 [48]​ España (País Vasco y Navarra[49]​) y Francia (País Vasco francés)
38 Frisonas 500.000 Alemania (Schleswig-Holstein y Baja Sajonia) Países Bajos (Provincia de Frisia)
39 Osetio 500.000 Federación Rusa (Osetia del Norte - Alania), Georgia (Osetia del Sur)
40 Irlandés 355.000 Irlanda, Reino Unido (Irlanda del Norte)
41 Maltés 330.000 República de Malta
42 Gaélicas 322.000
43 Bretón 300.000 Francia (Bretaña)
44 Islandés 300.000 Islandia
45 Luxemburgués 300.000 Luxemburgo, Bélgica, Francia y Alemania
E 46 Asturleonés 165.000 España (Asturias,[50]​ León,[51]​ Zamora,[51]​ Salamanca,[51]​ Cáceres[52]​ y Cantabria[53]​), Portugal (Miranda do Douro[54]​)
47 Meänkieli 150.000 Suecia
48 Gagaúzo 150.000 República de Moldavia (Gagaúsia), Ucrania, Rumanía, Bulgaria, Grecia y Kazajistán
49 Carelio 140.000 [39]​ Finlandia (Carelia), Federación Rusa (República de Carelia y Óblast de Leningrado)
50 Corso 100.000 Francia (Córcega) e Italia (Cerdeña)
51 Abjasio 80.000 [39]​ Georgia (Abkhasia) y Turquía
52 Franco - Provenzal 77.000 Italia (Valle de Aosta) y Francia (Alta Savoia, Savoia, Franc Comtat, Charolais, Beaujolais, Bugey, Delfinat, Forez, Mâcones, Bresse, Liones, Dombes y Borgoña), Suiza (Ginebra, Vaud, Neuchâtel y Jura)
F 53 Sorabas 70.000 Alemania (Brandeburgo y Sajonia[41]​)
54 Alto Sorabo 55.000 Alemania (Sajonia[41]​)
55 Feroés 46.000 Dinamarca (Islas Feroe)
56 Ladino 38.000 Italia (Trento-Tirol del Sur)
57 Romanche 35.000 Suiza (Grisones)
58 Sami 30.000 Finlandia (Enontekyö, Inari y otros), Noruega (Finnmark), Suecia (Kiruna, Gällivare y Lappland) y Rusia (península de Kola)
59 Rusino 25.000 [55]​ Croacia, Eslovaquia, Rumanía, Serbia (Vojvodina)
60 Bajo Sorabo 15.000 Alemania (Brandeburgo)[41]
61 Aragonés 10.000 [39]​ España (Norte de Aragón)
G 62 Udí 3.500 [56][57]​ Azerbaiyán y Georgia
63 Córnico 3.500 Cornualles (Gran Bretaña)
64 Batsi 3.400 [58]​ Georgia
65 Casubio 3.000 Polonia (Vístula, Gdansk y Gdynia)
66 Manés 2.000 Isla de Man (Dependencia de la Corona británica)
67 Livonio 10 [59]​ En extinción en Letonia y Estonia

Críticas a la aplicación de la Carta

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Josep Romeu, a la sazón gerente del Centro Internacional Escarré para las Minorías Étnicas y Nacionales, una organización no gubernamental con sede en Cataluña (España), señala que son los Estados los que deciden como tratan a las lenguas regionales o minoritarias, sin considerar los derechos de los hablantes de las lenguas y sin poder coercitivo para su cumplimiento:

Esta carta no se contempla desde la perspectiva política, ni de los derechos de las minorías, sino desde una perspectiva de patrimonio cultural.[60]

[…]

Una Carta sobre las Lenguas Regionales o Minoritarias no significa una carta sobre cómo tienen que ser consideradas y tratadas las lenguas, sino cómo pueden tratarlas los estados. El compromiso de los estados no es dar cumplimiento a la Carta sino aplicar, ellos, con criterios estrictamente políticos, los artículos que consideren oportunos y sobre aquellas lenguas que decidan, prescindiendo de la voluntad, es decir de los derechos de la comunidad lingüística afectada.[61]

[…]

Es un texto de libre adhesión y con escasa fuerza jurídica: su incumplimiento no puede ser denunciado por la via judicial, por lo que no podrá haber, en su caso, medidas reparadoras ni sancionadoras.[62]

Eduardo J. Ruíz Vieytez, doctor de Derechos Humanos en la Universidad de Deusto, realiza en su trabajo Lenguas oficiales y lenguas minoritarias: cuestiones sobre su estatuto jurídico a través del derecho comparado dos críticas respecto a la Carta y la situación jurídica de las lenguas europeas. Una hace referencia a la exclusión en esta Carta de las lenguas de los inmigrantes, situación que hay que considerar como dinámica y proteger igualmente estas lenguas conforme se produzca su asentamiento:

Aún considerando que las lenguas minoritarias deben ser aquellas que corresponden al patrimonio lingüístico tradicional europeo, debe aquí considerarse que éste es un concepto dinámico y que no hay razón de fondo para excluir a futuro a las comunidades lingüísticas que se vayan asentando en el continente con el paso del tiempo.[63]

En segundo lugar, considera que estas lenguas, como todo el soporte cultural e identitario de estas minorías, en los sistemas democráticos queda a expensas de las mayorías existentes en este Estado, lo que puede llevar a una falta de reconocimiento y una debilidad política que puede llegar a la marginación:

la inclusión de un mayor número de culturas o lenguas entre los elementos identitarios del Estado, que en nuestro caso se traduciría en un mayor número de lenguas oficiales, queda en los sistemas democráticos a expensas de las decisiones de la mayoría, de modo que los grupos minoritarios se encuentran por definición en una situación de mayor o menor debilidad política, cuando no de marginación de hecho.[63]

Guillem Calaforra, de la Universidad Jagellónica de Cracovia, considera también la falta de compromiso auténtico de esta Carta, que se realizó desde arriba y sin dar un poder real a las comunidades donde están estas lenguas, minorizadas precisamente por políticas de los Estados nación. Por tanto, queda como una buena voluntad del que ostenta el poder:

En referencia a la Carta Europea de Lenguas Minoritarias, las resoluciones del Consejo de la Unión Europea y otros textos de este género. No hay que olvidar que muy a menudo se trata de documentos y disposiciones redactadas «desde arriba», y no precisamente por quienes sufren la minorización como problema. Son concesiones institucionales que en ningún caso prevén la cesión de poder real a las comunidades afectadas. Estas leyes y proyectos no establecen obligaciones reales, no aumentan la capacidad de legislar, ordenar y sancionar en relación al uso lingüístico. Se mueven entre el mundo de las buenas intenciones (con mala consciencia) y el de la retórica oportunista legitimadora del status quo. Este discurso de la buena voluntad nace de una aceptación de las asimetrías y de las relaciones de dominación, y no del deseo de impugnarlas y superarlas.
[64]

Véase también

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Referencias

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  1. «Lenguas regionales y minoritarias de la Unión Europea. Education and Training.». 18 de julio de 2007. Archivado desde el original el 18 de julio de 2007. Consultado el 9 de septiembre de 2008. 
  2. Josep Romeu. Aplicación en el Estado Español de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. Pág 39 (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  3. Javier Ortiz. El dedo en la llaga. 2 de agosto de 2008.
  4. Eduardo J. Ruíz Vieytez. Lenguas oficiales y lenguas minoritarias: cuestiones sobre su estatuto jurídico a través del derecho comparado. 27-28 de febrero de 2004. Pp. 10-11.
  5. «Schleswig-Holstein». 
  6. «Sajonia». 
  7. «Brandeburgo». 
  8. «Schleswig-Holstein y Baja Sajonia». 
  9. «Bremen, Hamburgo, Mecklemburgo-Pomerania Occidental, Baja Sajonia y Schleswig-Holstein». 
  10. a b «Burgenland». 
  11. «Carintia y Estiria». 
  12. «Burgenland y Viena». 
  13. a b «Viena». 
  14. a b El Consejo de Europa publica el tercer informe sobre las lenguas minoritarias de Croacia y Suiza. Linguamón. 2 de abril de 2008. (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  15. «Moravia-Silesia». 
  16. «Jutlandia». 
  17. «Melilla». 
  18. «Ceuta». 
  19. «Olivenza y Táliga, provincia de Badajoz, Extremadura». 
  20. «Carelia». 
  21. «Guayana Francesa». 
  22. «San Martín». 
  23. «Mayotte». 
  24. «Reunión». 
  25. Lenguas protegidas por Italia: albanés, catalán, alemán, griego, esloveno, croata, francés, franco-provenzal, friulano, ladino, occitano, sardo. Lenguas oficiales de cada país. Geocities.
  26. «Frisia». 
  27. El parlamentu portugués fai oficial la llingua asturiana na Tierra de Miranda. Las Noticies.com. 27 de septiembre de 1998.
  28. Cornualles y Inglaterra
  29. «Gales». 
  30. «Escocia». 
  31. «Irlanda del Norte». 
  32. «Escocia y Irlanda del Norte». 
  33. «Gibraltar». 
  34. «Crimea». 
  35. European Charter for Regional or Minority Languages. 10 de septiembre de 2008.
  36. Lista de declaraciones de European Charter for Regional or Minority Languages. 10 de septiembre de 2008.
  37. States Parties to the European Charter for Regional or Minority Languagesand their regional orminority languages
  38. Anomenat valencià
  39. a b c d e Gran Enciclopedia Larousse. ISBN 84-320-7370-9
  40. a b Carmen Mellado, Patricia Buján Otero. L'estatut oficial del baix alemany com a "llengua regional".
  41. a b c d Als districtes bilingües
  42. Llevat a Illes Aland
  43. Uns 5.000.000 a Armènia i en la diàspora armènia a Europa. Fins a aproximadament 7.000.000 incloent Àsia i Amèrica.
  44. Anomenat Assiri a Armènia
  45. Anomenat aranès
  46. Llengua sarda. Proel.
  47. 1.000.000 de parlants a l'Iran, l'Iraq, Síria, Turquia, l'antiga Unió Soviètica i els Estats Units.
  48. Llengua basca. Proel.
  49. A la Comunitat Foral de Navarra és oficial en la zona bascòfona. Tanmateix la major densitat de bascoparlants es troba a l'àrea metropolitana de Pamplona on no ho és.
  50. Anomenat asturià o bable
  51. a b c Anomenat lleonès
  52. Anomenat extremeny
  53. Anomenat càntabre o montañés
  54. Anomenat mirandès
  55. Llengua rutena. Proel.
  56. Llengua Udi. Proel. Consultat el 18 de gener de 2010.
  57. Grupo Lesguià. Proel. Consultat el 18 de gener de 2010.
  58. Etnologue. Llengües del món. Batsi (any 2000). Consultat el 16 de gener de 2010.
  59. Lengua Livoniana. Proel.
  60. http://www.euskarakultur.org/eke/images/gazteponen01.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última). Josep Romeu. Aplicación en el Estado Español de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. Pág 35
  61. http://www.euskarakultur.org/eke/images/gazteponen01.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última). Josep Romeu. Aplicación en el Estado Español de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. Pág 37
  62. http://www.euskarakultur.org/eke/images/gazteponen01.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última). Josep Romeu. Aplicación en el Estado Español de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. Pág 40
  63. a b Eduardo J. Ruíz Vieytez. Lenguas oficiales y lenguas minoritarias: cuestiones sobre su estatuto jurídico a través del derecho comparado; pp. 25-26.
  64. Guillem Calaforra. Lengua y poder en las situaciones de minorización lingüística. Septiembre de 2003. P. 7.

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