Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias

máximo texto legislativo de Asturias, España

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias (en asturiano, Estatutu d'Autonomía del Principáu d'Asturies) es una Ley Orgánica española que determina las competencias, los órganos y la forma de la comunidad autónoma del Principado de Asturias.

Historia

editar

Aunque Asturias no contaba con un Estatuto de Autonomía previo, de los tiempos de la Segunda República, si que llegó a elaborarse un proyecto durante el Primer Bienio, a iniciativa de Sabino Álvarez Gendín. El nombramiento del Gobierno conservador en 1933, seguido por el estallido de la Revolución de 1934, provocarían que el debate público se desvíe hacia la salida de los presos y la unión de las izquierdas.[1]

El régimen preautonómico se instaura en Asturias por Real Decreto Ley 29/1978, de 27 de septiembre, instituyendo el Consejo Regional de Asturias "como órgano de gobierno y administración de la Región" (art. 2). Se creó una Comisión Mixta de representantes de la Administración del Estado y del Consejo Regional de Asturias para proponer al Gobierno los acuerdos sobre transferencias de la gestión de funciones, actividades y servicios de la competencia de la Administración del Estado.

El 1 de junio de 1979 los partidos políticos con representación parlamentaria en la Diputación de Oviedo toman la decisión de formalizar el inicio del proceso autonómico. Para elaborar un Anteproyecto de Estatuto se forma la llamada Comisión de los 24 (compuesta por seis representantes de cada partido: UCD, FSA-PSOE, PCA y CD) fue encargada de elaborar un grupo de trabajo, la Comisión de los 8, para elaborar el primer borrador de Estatuto. Las deliberaciones de esta comisión llevan a elegir la forma prevista por el artículo 143.1 de la Constitución para desarrollar el Estatuto y rechazar, en cambio, el 151, ante la negativa de CD. En diciembre del mismo año, el Consejo Regional de Asturias adopta la iniciativa de constituir Asturias en Comunidad Autónoma —siguiendo el Título VIII de la Constitución— y traslada a los ayuntamientos esta decisión para que adopten similar iniciativa: 72 municipios (el 95% del censo electoral) deciden acogerse al procedimiento del artículo 143.

El 18 de enero de 1980 se constituye la Asamblea de Parlamentarios y Diputados provinciales encargada de elaborar el Proyecto de Estatuto de autonomía terminando sus trabajos el 12 de abril.

Diez días después, se remite este Proyecto a la Comisión Constitucional del Congreso y es aprobado en su versión definitiva el 15 de diciembre de 1981.

La Ley Orgánica 7/1981, de Estatuto de Autonomía para Asturias se publica en el BOE núm. 9, de 11 de enero de 1982, entrando en vigor el 31 de enero de 1982.[2]

En 1999 cambió el nombre de «Estatuto de Autonomía para Asturias» a «Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias».

Referencias

editar
  1. Rodríguez Alonso, Pablo (2022). «Un estatuto frustrado: autonomismo en Asturias durante la II República». Alcores: revista de historia contemporánea (26): 121-142. ISSN 1886-8770. Consultado el 2 de agosto de 2024. 
  2. Jefatura del Estado (11 de enero de 1982). «Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias». Iberlex. Boletín Oficial del Estado. Archivado desde el original el 28 de noviembre de 2011. Consultado el 2 de diciembre de 2009. 

Enlaces externos

editar